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Ley de accesibilidad web: a quién obliga la Ley 11/2023 y qué revisa

La Ley 11/2023 traspone el Acta Europea de Accesibilidad y, desde el 28 de junio de 2025, obliga a que sean accesibles la web de quien vende online, de la banca para consumidores, las telecomunicaciones y el transporte de viajeros, entre otros servicios. La excepción amplia es la microempresa que solo presta servicios. Qué se revisa de verdad, quién queda fuera y qué pasa si no se cumple.

Tres ratones ilustran la accesibilidad web: uno empuja una rampa de juguete para silla de ruedas contra un bloque de madera, otro toca con un dedo un panel con puntos en relieve tipo braille, y el tercero sostiene unos auriculares redondeados junto a la oreja, todos sobre la misma mesa de madera.

Si vendes por internet, prestas servicios bancarios a particulares, de telecomunicaciones o de transporte de viajeros, o publicas libros electrónicos, tu web tiene que ser accesible desde el 28 de junio de 2025[1]. Lo dice la Ley 11/2023, y la única excepción amplia es la microempresa que solo presta servicios: menos de 10 empleados y un volumen de negocio o balance anual que no pase de 2 millones de euros[2][9].

La norma traspone al derecho español la Directiva (UE) 2019/882, el Acta Europea de Accesibilidad[2], y señala el estándar técnico que marca si cumples o no: la norma UNE-EN 301 549, que incorpora las pautas WCAG 2.1 en su nivel AA[3]. No hace falta programar nada desde cero para empezar a acercarte: va de contraste, textos alternativos, teclado y formularios, que es justo lo que se revisa en el punto 03.

Qué dice la Ley 11/2023 y desde cuándo

La Ley 11/2023, de 8 de mayo, se publicó en el BOE el 9 de mayo de 2023 y entró en vigor al día siguiente, pero el bloque que obliga a un negocio privado a tener una web accesible esperó a una fecha posterior: el propio texto da un plazo más amplio, hasta el 28 de junio de 2025, para que productos y servicios se adapten[1].

Esa fecha viene de la directiva europea que la ley traspone, no de un cálculo propio. Lo que ya se exigía a las administraciones públicas desde 2018, con el Real Decreto 1112/2018[8], se traslada ahora a una lista de servicios privados muy concreta[2].

A quién le toca (y a quién no)

La ley no habla de sectores de forma genérica: enumera servicios. Entran el comercio electrónico, la banca para consumidores, las telecomunicaciones, la comunicación audiovisual, el transporte de viajeros (webs y apps de billetes) y los libros electrónicos[2].

Microempresa de servicios
Menos de 10 empleados y un volumen de negocio o un balance anual que no pase de 2 millones de euros. Si prestas un servicio, no si lo fabricas, la directiva te excluye de la obligación de forma expresa[2][9].
Pyme algo más grande
Con 12 empleados, o con 8 pero una facturación por encima de los 2 millones[2][9], la excepción ya no es para ti: si vendes online o das uno de los servicios de la lista, te toca igual.
Carga desproporcionada
Un cambio concreto se puede aplazar si implica una modificación significativa del producto o un coste que no guarda proporción con el beneficio[2]. Pero hay que poder justificarlo caso por caso: no vale con decir que sale caro.

Qué se revisa en una web accesible

Detrás de la norma UNE-EN 301 549 hay cientos de puntos[3], pero cinco son los que de verdad decide si alguien que no usa ratón, que no distingue bien el contraste o que necesita un lector de pantalla puede usar tu web sin pelearse con ella.

  • Contraste de color. El texto normal necesita una relación de contraste de al menos 4,5:1 con su fondo; el texto grande, 3:1[4]. Que a ti se te lea bien en tu pantalla no es la prueba.
  • Alternativa textual en las imágenes. Cada imagen que aporte información necesita un atributo alt que diga lo mismo que transmite la imagen, no el nombre del archivo que subiste.
  • Navegación completa por teclado. Soltando el ratón y usando solo la tecla Tab, hay que poder llegar a cualquier enlace, botón o campo, y ver en todo momento dónde está el foco.
  • Formularios con etiqueta y error claro. Cada campo necesita su etiqueta asociada, y un error de validación tiene que decir qué campo falla y por qué, no solo pintarlo en rojo.
  • Estructura de encabezados. Un h1, luego h2 y h3 en orden, sin saltarse niveles ni usarlos solo porque la letra sale más grande.

En nuestra experiencia revisando webs de clientes, estos cinco son los que fallan más a menudo sin que nadie lo note, porque ninguno impide que la web se vea bien en el ordenador de quien la encargó.

Nada de esto exige programar desde cero. Exige revisarlo con esa lista delante.

Qué pasa si no cumples

No hay una multa automática el 29 de junio de 2025. Lo que hay, a falta de un régimen propio para cada sector, es el que ya recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013 para los derechos de las personas con discapacidad[6]: de 301 a 1.000.000 de euros, repartidos en infracciones leves, graves y muy graves según la gravedad del incumplimiento[5].

Sin humo: el millón de euros es el tope de la banda más grave, la que se reserva para el incumplimiento repetido o deliberado. La vigilancia la ejerce cada comunidad autónoma, y lo habitual es que primero llegue un requerimiento para corregirlo, no una sanción directa[5].

No es la primera obligación digital con fecha fija que cae sobre una pyme este año: hace poco tocaba revisar qué obliga ya la ley de inteligencia artificial. En los dos casos, lo que de verdad llega primero no suele ser la sanción, sino la reclamación de un cliente que no ha podido completar algo tan simple como un formulario.

Por dónde empezar a comprobarlo

  1. Mira si estás dentro del ámbito. Comercio electrónico, banca, telecomunicaciones, transporte o libros electrónicos. Si no prestas directamente ninguno de esos servicios, la ley probablemente no te toca todavía.
  2. Calcula si eres microempresa. Menos de 10 empleados y un volumen de negocio o balance que no pase de 2 millones. Si lo eres y solo prestas un servicio, la excepción es para ti; si fabricas el producto, no lo es.
  3. Pasa una herramienta automática de primera lectura. Hay varias gratuitas que detectan en minutos los fallos de contraste o las imágenes sin alternativa textual, aunque ninguna sustituye una revisión manual con teclado.
  4. Navega tu propia web sin ratón. Solo con la tecla Tab. Si te pierdes o no sabes en qué campo estás, también se perderá quien no tenga otra forma de navegar.

Esta primera pasada no sustituye una revisión completa contra la norma UNE-EN 301 549, pero en media hora dice si vas razonablemente bien o si hay que ponerse ya.

Montar esa revisión completa, con el listado priorizado de qué tocar primero, es justo lo que hacemos en diseño y desarrollo web.

Dudas rápidas

¿A quién obliga la Ley 11/2023 de accesibilidad web?

A quien venda por internet, preste servicios bancarios a consumidores, comunicaciones electrónicas, comunicación audiovisual, transporte de viajeros o publique libros electrónicos, desde el 28 de junio de 2025[1]. Si no prestas directamente ninguno de esos servicios, la ley no te obliga todavía.

¿Las microempresas están exentas de la ley de accesibilidad web?

Las que solo prestan servicios, sí: con menos de 10 empleados y un volumen de negocio o balance anual que no pase de 2 millones de euros, la directiva europea las excluye de forma expresa[2][9]. La excepción no cubre a quien fabrica el producto que vende.

¿Qué nivel de WCAG exige la ley de accesibilidad web?

El estándar técnico de referencia es la norma UNE-EN 301 549, que se basa en las pautas WCAG 2.1 en su nivel AA[3]: contraste de 4,5:1 en texto normal, alternativas textuales, teclado y formularios accesibles, entre otros puntos[4].

¿Qué pasa si mi web no es accesible?

El régimen sancionador que se aplica, a falta de uno propio para cada sector, va de 301 a 1.000.000 de euros según la gravedad[5]. Antes de una sanción, lo habitual es un requerimiento de la autoridad de vigilancia de tu comunidad autónoma para que lo corrijas.

¿Hay algún plazo adicional para adaptar lo que ya tenías antes de la ley?

Sí, pero solo para dos casos concretos. Un contrato de servicio firmado antes del 28 de junio de 2025 puede seguir como estaba hasta que termine, con un máximo de cinco años: hasta el 28 de junio de 2030 como mucho. Y un terminal de autoservicio (un cajero, una máquina de billetes) que ya estuviera en uso antes de esa fecha puede seguir funcionando hasta el final de su vida útil, con un tope de veinte años[7]. Fuera de esos dos casos no hay margen: lo que publiques o actualices después del 28 de junio de 2025 tiene que cumplir ya.

Fuentes

[1] Boletín Oficial del Estado. Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios (BOE-A-2023-11022), texto consolidado, consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[2] Comisión Europea, EUR-Lex. Resumen de la Directiva (UE) 2019/882 sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios (Acta Europea de Accesibilidad), consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[3] Comisión Europea. What is web accessibility and the legal background, Europa Web Guide, consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[4] W3C. Web Content Accessibility Guidelines (WCAG) 2.1, criterio 1.4.3 Contraste (mínimo), consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[5] Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Infracciones y sanciones en materia de discapacidad, consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[6] Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, Título III, Boletín Oficial del Estado, texto consolidado, consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[7] Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios, artículo 32 (medidas transitorias), Diario Oficial de la Unión Europea, consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[8] Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (BOE-A-2018-12699), consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

[9] Comisión Europea, EUR-Lex. Glosario: pequeñas y medianas empresas, definición de microempresa según la Recomendación 2003/361/CE, consultado el 19 de octubre de 2026. enlace

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Escrito por Equipo Gran Vía Solutions

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