Verifactu es el nombre coloquial del reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que fija qué tiene que hacer cualquier programa con el que emitas facturas; por eso se habla de software antifraude, ya que la obligación sale de la ley antifraude de 2021[1]. VERI*FACTU, con asterisco, es también el nombre de la modalidad que envía a Hacienda, al momento, el registro de cada factura[2]. Con envío o sin él, tu programa tiene que generar un registro de cada factura con una huella encadenada a la anterior, poner un QR tributario y no dejar borrar nada sin rastro. Enviar es voluntario; lo demás, no.
Las sociedades tienen que tener su programa adaptado antes del 1 de enero de 2027, y el resto, autónomos incluidos, antes del 1 de julio de 2027[3]. Verifactu no es la factura electrónica entre empresas, que es otra ley con otro calendario: esa es la confusión que más nos llega, y la aclaramos en facturación electrónica obligatoria. Aquí va la parte práctica: qué hace por dentro un programa que cumple y cómo comprobar el tuyo.
Qué es Verifactu y a quién afecta
Verifactu se aplica a los sistemas informáticos de facturación, que la Agencia Tributaria (AEAT) define como el «conjunto de hardware y software utilizado para expedir facturas»[4]: el programa del ordenador, la aplicación en la nube o el terminal de la tienda. Afecta a sociedades y a autónomos con actividad económica por igual[5], y cuenta cualquier factura, a empresas o a particulares, tiques incluidos[1].
Quedan fuera quien lleva sus libros de IVA por el Suministro Inmediato de Información (SII), quien tributa en las haciendas forales vascas y, con carácter general, en Navarra, quien no expide facturas porque no está obligado a ello y quien factura a mano o con talonario[6].
Verifactu no prohíbe facturar con Excel o Word: depende de para qué los uses. Si solo los usas para escribir la factura, imprimirla y guardarla, el reglamento no te afecta. Si además sacas de ahí los libros registro de IVA o de IRPF o la contabilidad, por ejemplo con una macro, esa hoja pasa a ser un sistema de facturación y tiene que cumplir[6]. Adaptar una hoja casera es poco realista: en ese caso, toca cambiar de herramienta.
Las facturas que recibes no cambian: se reciben y se guardan igual que siempre[2].
Qué tiene que hacer tu programa con cada factura
Al emitir cada factura, en el mismo momento o justo antes, el programa genera un registro de alta[5]: una ficha interna con sus datos fiscales. Ese registro ya no se toca; si algo cambia, se crea otro que lo anula o lo sustituye[7]. El resto depende de la modalidad.
| Qué hace el programa | Con envío (VERI*FACTU) | Sin envío |
|---|---|---|
| Registro de cada factura, con su huella encadenada | Sí[8] | Sí[8] |
| QR tributario en la factura | Sí, con la frase «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT»[4] | Sí, sin esa frase[4] |
| Envío a la Agencia Tributaria | Todos los registros, en línea[2] | No. Los conserva tu programa durante años[2] |
| Firma electrónica de cada registro | No hace falta; basta la huella[5] | Obligatoria[5] |
| Registro de eventos | No hace falta[9] | Obligatorio[9] |
| Declaración responsable del fabricante | Sí[5] | Sí[5] |
La tabla se desplaza a los lados.
El registro de eventos es un diario que el programa escribe solo: exportaciones, restauraciones de copias de seguridad o anomalías en la cadena[9].
Con envío, Hacienda guarda una copia de cada registro y tú ya no tienes que conservarlos «accesibles y legibles durante años»[2]. Te pasas a VERI*FACTU cuando quieras, sin avisar en el modelo 036, y sigues hasta el 31 de diciembre de ese año[2], salvo mientras Verifactu no te sea obligatorio[1]. Si se va internet, se sigue facturando[2]: el programa reintenta el envío al menos cada hora[10].
Enviar a Hacienda es opcional. Borrar una factura, nunca.
La huella de Verifactu: por qué tocar una factura vieja se nota
La huella, o hash, es un resumen matemático de la factura: el programa aplica una fórmula llamada SHA-256 a unos pocos datos del registro y obtiene 64 caracteres[11]. Entran el NIF, la serie y el número, la fecha, el tipo de factura, la cuota, el importe total, la hora del registro y la huella del registro anterior[11]. Esa última pieza es la que encadena cada factura con la que vino antes.
La Agencia Tributaria lo resume así: si la información original cambia, «por poco que fuera», la huella cambia también[8]. Para verlo, hemos rehecho el ejemplo de su documento técnico, dos facturas de 123,45 euros, y nos salen las mismas huellas que publica[11]. Después hemos subido la primera un céntimo.
Huellas SHA-256 del ejemplo oficial de la AEAT, con su NIF de pruebas 89890001K[11]. Las de arriba coinciden con las publicadas; las de abajo son nuestro cálculo con la factura 1 a 123,46 €. «Previa» es la huella del registro anterior; se ven 8 de sus 64 caracteres.
Con 123,46 €, la huella de la factura 1 pasa de 3C46…2F60 a CB4C…ADF4, y la de la factura 2, que nadie ha tocado, de F7B9…2B97 a EAA1…5B4C. Esconder el retoque obligaría a rehacer todos los registros posteriores. Con envío, Hacienda recibe cada registro con su huella en cuanto se emite la factura[2], así que un retoque posterior ya no casa con lo que tiene. Sin envío, el programa firma cada registro, tiene que detectar y avisar de cualquier alteración[5] y la anota en el registro de eventos[9].
El QR tributario y cómo comprobar una factura
Toda factura que salga de un programa, en papel o en PDF, tiene que llevar un código QR de entre 30 y 40 milímetros de lado[10]. Dentro hay una dirección de la Agencia Tributaria con cuatro datos de la factura: el NIF de quien la emite, la serie y el número, la fecha y el importe total[10].
Va al principio de la factura, con el texto «QR tributario:» encima y, si hay varias páginas, solo en la primera[12]. Con envío, debajo va la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU»[12]. En una factura electrónica estructurada, sin papel ni PDF, el QR no se dibuja: el fichero lleva dentro la misma dirección[13].
Para comprobar una factura basta la cámara del móvil; la aplicación de la Agencia Tributaria se aconseja, pero no hace falta[13]. La Agencia Tributaria contesta con una de estas tres respuestas[13]:
- Factura encontrada
- Viene de un programa con envío y en Hacienda consta una factura con esos mismos datos.
- Factura no encontrada
- Viene de un programa con envío, pero Hacienda no tiene ninguna con esos datos. Sale también si la factura está anulada[12] o si el emisor aún no ha podido enviarla por una caída de conexión, un retraso que la norma permite[2].
- Factura no verificable
- Viene de un programa sin envío, así que Hacienda no tiene con qué compararla. Es la respuesta normal en esa modalidad; al escanearla, los datos del QR le llegan igualmente a Hacienda, que puede usarlos en sus controles[13].
Equivocarse sin borrar: anular y rectificar
Una factura emitida con un error no desaparece: aunque sean erróneas, las facturas emitidas «deben mantenerse, con su correspondiente numeración»[14]. Si no debió emitirse, porque la operación no existe o los datos de identificación están mal, el programa genera un registro de anulación que apunta a la original, y la buena sale con otro número o con otra fecha[15]. Si la operación es real pero hay que corregir el importe, el IVA u otro dato, por ejemplo por una devolución o un descuento posterior, se emite una factura rectificativa, como hasta ahora[15].
Por eso un programa que te deja eliminar una factura ya emitida no cumple. Para la Agencia Tributaria, cualquier función que permita alterar los registros una vez generada la factura «supone un incumplimiento de los requisitos exigidos por el reglamento»[16].
Cómo saber si tu programa cumple Verifactu
Para saber si tu programa cumple Verifactu no hace falta emitir una factura de prueba, que en tu programa de siempre sería una factura de verdad. Bastan estas comprobaciones:
- Busca la declaración responsableNadie homologa el programa: el fabricante certifica él mismo que cumple, con una declaración responsable[17]. Tiene que verse dentro del programa, en cada versión, y te la tienen que dar al comprarlo[5]. Si no la encuentras, pídela por escrito.
- Mira el QR de tu última facturaEscanéalo con el móvil: tiene que llevar a una dirección que empieza por www2.agenciatributaria.gob.es[12]. Si tu programa todavía no lo pone, pregunta en qué versión llegará.
- Pregunta qué pasa al anular una facturaSi la respuesta es que se borra, en vez de quedar un registro de anulación, ese programa no cumple[16].
- Pide por escrito la modalidadCon envío o sin él, y si cambiar de una a otra cambia la tarifa. Sin envío, pregunta además cómo se conservan y se exportan los registros.
- Si facturas con Excel o Word, mira para qué lo usasSolo para escribir, imprimir y guardar, no te afecta; si de ahí salen los libros registro o la contabilidad, sí[6].
La primera comprobación es la que más importa. Tener un programa que no cumple y no está certificado se sanciona con 50.000 euros por ejercicio[1], y quien factura con uno debidamente certificado no responde de que funcione mal: responde su fabricante[18].
Si facturas poco, la AEAT tiene una aplicación gratuita en modalidad VERI*FACTU, dirigida «principalmente a profesionales, autónomos y empresas con baja facturación». No tiene límite de facturas, pero no hace tiques ni deja exportar los registros a otro programa[19]. Y si lo que te frena es el proceso, del albarán al cobro, es lo que montamos en factura electrónica para empresas; tienes ejemplos en cómo automatizar facturas.
Sin humo: si tu programa se actualiza para cumplir, no tienes que cambiarlo, y no hay ningún «certificado Verifactu» que comprar: certifica el propio fabricante[17]. Comprobado el 30-09-2026 en la sede de la AEAT y el BOE; es divulgación, no asesoramiento fiscal.
Dudas rápidas
¿Qué es Verifactu y para qué sirve?
Es el nombre coloquial del reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que fija qué tiene que hacer cualquier programa de facturación, y también el de la modalidad que envía cada registro a Hacienda[1]. Sirve para que ninguna factura registrada se pueda alterar sin que el programa lo detecte y avise[5].
¿Quién está exento de Verifactu?
Quien lleva sus libros de IVA por el SII, quien tributa en las haciendas forales vascas y, con carácter general, en Navarra, quien no expide facturas porque no está obligado a ello (con carácter general, el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca) y quien factura a mano o con talonario[6].
¿Qué pasa si no uso Verifactu?
No enviar tus facturas a Hacienda no tiene sanción: la modalidad sin envío también cumple, con firma electrónica y registro de eventos[2]. Lo que se sanciona es tener un programa que no cumple y no está certificado, o uno certificado que se ha manipulado: 50.000 euros por cada ejercicio. A quien fabrica o vende programas que no cumplen le corresponden 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de programa[1].
¿Es gratuito Verifactu?
La norma no cobra nada por sí misma; lo que puede costar es el programa. Para quien factura poco, la Agencia Tributaria tiene una aplicación gratuita que emite en modalidad VERI*FACTU, aunque no sirve para tiques[19]. Con un programa comercial, el precio lo pone cada fabricante.
¿Afecta Verifactu a las facturas recibidas?
No. Las que recibes se tratan y se guardan igual que siempre[2]. Puedes comprobar una escaneando su QR con el móvil[13], y si no lo lleva puedes deducirte el IVA igualmente, siempre que cumpla lo que ya pedía la normativa del IVA[4].
Fuentes
[1] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: cuestiones generales, objeto, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: objeto
[2] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: sistemas VERI*FACTU, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: sistemas VERI*FACTU
[3] Agencia Tributaria. (2026, 26 de marzo). Nota informativa: ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF), consultada el 30 de septiembre de 2026. Nota de la AEAT sobre el plazo de adaptación
[4] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: conceptos y definiciones, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: conceptos y definiciones
[5] Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales. Texto consolidado del BOE, última modificación de 3 de diciembre de 2025, artículos 8, 9, 12, 13 y 16, consultada el 30 de septiembre de 2026. Real Decreto 1007/2023 en el BOE
[6] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: ámbitos de aplicación, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: ámbitos de aplicación
[7] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: registros de facturación, alta, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: registros de alta
[8] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: huella o «hash», preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: huella o hash
[9] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: registro de eventos, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: registro de eventos
[10] Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido del Reglamento de sistemas informáticos de facturación. Texto consolidado del BOE, artículos 16, 20 y 21, consultada el 30 de septiembre de 2026. Orden HAC/1177/2024 en el BOE
[11] Agencia Tributaria. (2024, 27 de agosto). Detalle de las especificaciones técnicas para generación de la huella o hash de los registros de facturación, versión 0.1.2, apartados 2, 3, 5, 6 y 7, consultada el 30 de septiembre de 2026. Especificaciones de la huella, PDF de la AEAT
[12] Agencia Tributaria. (2025, 10 de diciembre). Detalle de las especificaciones técnicas del código «QR» de la factura y de la «URL» del servicio de cotejo o remisión de información por parte del receptor de la factura, versión 0.5.0, apartados 3 y 9, consultada el 30 de septiembre de 2026. Especificaciones del QR, PDF de la AEAT
[13] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: posibilidad de remisión de información de la factura por parte de su receptor, código QR, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: el receptor y el QR
[14] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: registros de facturación, anulación, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: registros de anulación
[15] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: procedimientos de facturación, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: procedimientos de facturación
[16] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: características y requisitos de los SIF, recursos necesarios y uso múltiple, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: requisitos de los SIF
[17] Agencia Tributaria. (2026, 22 de julio). Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU: certificación de los sistemas informáticos, declaración responsable, preguntas actualizadas a 21 de julio de 2026, consultada el 30 de septiembre de 2026. Preguntas frecuentes de la AEAT: declaración responsable
[18] Agencia Tributaria. (2026, 26 de marzo). Certificación de los sistemas informáticos, cuestiones generales de los sistemas informáticos de facturación, consultada el 30 de septiembre de 2026. Certificación de los sistemas, en la sede de la AEAT
[19] Agencia Tributaria. (2026, 19 de junio). Aplicación gratuita VERI*FACTU de la AEAT, ayuda técnica de la sede electrónica, consultada el 30 de septiembre de 2026. Aplicación gratuita de facturación de la AEAT
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